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Origen y razón de ser del aguinaldo
El origen de la palabra aguinaldo es curioso. Con casi total seguridad deriva de la locución latina “hoc in anno”. Es decir, literalmente, en este año.
Por encima de las pequeñas diferencias interpretativas que se le da a esta palabra en cada país de habla española se conserva esta referencia conceptual. La de ser una cantidad periódicamente recibida en un ciclo anual.
El significado más extendido tiene que ver con un obsequio que se ofrece según las normas sociales en fechas señaladas del calendario. La vinculación con un sueldo complementario anual, bonificación o prorrateo mensual (de una cantidad asignada contractualmente por un año de trabajo) deriva de este origen primario.
Entran dentro de esta categoría las pagas extraordinarias que legalmente perciben los trabajadores normalmente en los dos meses del año coincidentes con la entrada en período estival y las fiestas navideñas.
En la mayoría de las legislaciones laborales se incluyen este tipo de complementos salariales. Su fin último es ayudar en los gastos en fechas señaladas del calendario a la par que económicamente resultan muy positivas. Estimulan de forma regular el consumo y modulan los ciclos económicos que se producen estacionalmente.
Una mecánica sencilla de cálculo
Independientemente de las lógicas diferencias legales que existen entre los países. Los fundamentos que se aplican son muy similares. Es importante conocer la cifra exacta de días que se pagan como trabajados por año de desempeño en el mismo.
Resulta determinante conocer también el día que se genera ese derecho y cuando se efectúa el pago de la cantidad. Estas fechas son relevantes para cualquier reclamación que se interponga en vía judicial o administrativa.
Lo primero que tenemos que hacer es un cálculo sencillo en el que no interviene ningún dato de tipo personal. Los dan las normas que se hayan establecido para regular este derecho. Los días que se pagan y que corresponden al período de año trabajado dividido por 365 días.
En segundo lugar vienen los datos que se corresponden con el trabajador y reflejan las particularidades de su situación laboral personal. El número de días trabajados de forma continua con los festivos y aquellos que por contrato se asignan al descanso laboral. La cifra resultante es la que cimenta el derecho al aguinaldo y sobre el que queremos obtener la cantidad que corresponde.
Para ello solo hace falta multiplicar las cantidades del paso primero y segundo obteniendo así la parte del sueldo que se incluye entre las complementos salariales o aguinaldo. Las cantidades se calculan para cada fecha en que vence la liquidación de este derecho.
La interpretación correcta de la nómina salarial
La complejidad de todos los aspectos que se enmarcan en las retribuciones de los trabajadores no debe impedir una comprensión completa e integra de la razón de las mismas. La rotación cada vez mayor de los trabajadores en el mercado laboral hace que se multipliquen las dudas sobre detalles de estos asuntos.
En algunos casos el asesoramiento legal se hace imprescindible por contradecirse normas sobre un caso particular. Pero en la mayoría de las ocasiones el propio trabajador tiene todos los medios precisos para determinar si su contrato se está cumpliendo en el aspecto de las retribuciones.
Siempre cabe una reclamación judicial para exigir el cumplimiento de un contrato. El conocimiento lo más preciso posible de los derechos que asisten el mundo laboral ayuda en la satisfacción de las partes implicadas. Es una parte esencial de la formación exigible en todas las personas en edad de trabajar.
La división del trabajo, los cambios sociales y la recurrencia de crisis económicas amplían los casos especiales con los que hay que aplicar extremos pocos conocidos de las leyes. La soltura con que se manejan los fundamentos también es el mejor soporte para actuar en consecuencia. Para en la defensa de los intereses en los que todos podemos ser participantes.